Subvenciones para el pago del alquiler 2020
La Agencia de la Vivienda de Cataluña ha abierto la convocatoria de ayudas al pago del alquiler para este año 2020. Se pueden acoger las personas que sean titulares de un contrato de alquiler que constituya su domicilio habitual.
A partir del 28 de mayo hasta el 3 de julio se pueden solicitar las ayudas para pagar el alquiler.
Requisitos:
- Tener la residencia legal en Cataluña durante cinco años.
- Que la unidad de convivencia tenga unos ingresos suficientes para poder pagar el alquiler y que no sobrepasen los límites establecidos en las bases de la convocatoria.
- Ser titular de un contrato de alquiler de la vivienda que sea su domicilio habitual y permanente. Hay que estar empadronado.
- No pagar un alquiler mensual por la vivienda superior a 500 euros, (en el caso de la demarcación de Girona).
- Para familias numerosas y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad y baremo favorable, el importe máximo de alquiler mensual es de 900 euros.
- Estar al corriente de pago de las rentas en el momento de presentar la solicitud.
- Para familias numerosas y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad y baremo favorable, el importe máximo de alquiler mensual es de 900 euros.
Importe:
La subvención de la agencia se concede por un importe anual máximo de 2.400 euros, es decir, de 200 euros mensuales como máximo, y se ajusta en función del esfuerzo que supone para la unidad familiar el pago del alquiler.
La convocatoria establece el precio máximo que puede tener el alquiler objeto de subvención y los máximos de renta familiar que debe tener la unidad económica de convivencia para poder disfrutar de esta ayuda.
¿Dónde se puede solicitar?
Se puede hacer el trámite por Internet, en este caso es necesario tener una identificación electrónica (idCAT Mòbil, idCAT Certificat, DNI electrónico).
También se puede hacer en las oficinas de vivienda, aunque dada la situación actual, hay que informarse si la oficina donde desea presentar la solicitud está abierta.
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Información y consultas:
Esther Acosta y Anna Brasas
Trabajadoras Sociales de MIFAS
972 41 40 41
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