La nueva ley de mecenazgo facilita la desgravación de los donativos
28/02/2024
La ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2024, promueve incentivos fiscales para las personas que realicen un donativo, y cambios en el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro.
Con esta nueva ley se realizan modificaciones fiscales significativas que fomentan la solidaridad de la ciudadanía con campañas sociales y la desgravación de los donativos, aumentando hasta un 40% el porcentaje de deducción del IRPF.
Es una reforma muy esperada por parte de las entidades del tercer sector, ya que es una forma de incentivar los donativos y de poder impulsar sus proyectos solidarios.
Algunos cambios de la nueva ley de mecenazgo son:
- Deducción de la cuota del IRPF para los donativos hasta un 40% (antes era un 35%).
- Se amplía hasta 250€ las donaciones consideradas micromecenazgo, que permiten una deducción superior del 80%.
- Aumenta el porcentaje de deducción de las donaciones recurrentes hasta el 45% (persona física) y un 50% (jurídica), reduciendo también de 4 a 3 años el número de ejercicios necesarios para que la donación se considere recurrente.
- Ampliación de actividades económicas que pueden gozar de la exención.
- Se considerará donativo en especie, una prestación de servicios de asesoría, la cesión de espacios de publicidad en medios de comunicación o la cesión de uso de bienes inmuebles que las entidades reciban de forma gratuita.
- Posibilidad de que las personas que realicen el donativo puedan recibir compensaciones simbólicas como bienes o servicios (sin superar el 15% del valor del donativo, y con un valor máximo de 25.000€).
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