Ayudas PUA 2021, 2022, 2023- Convocatria abierta

31/03/2023
MIFAS

El Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat de Catalunya ha abierto la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de atención social a las personas con discapacidad para el año 2021, 2022 y 2023 (DOCG-A-23087038-2023).

ORDEN DSO/59/2023, de 26 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la prestación social de carácter económico de derecho de concurrencia de atención social a las personas con discapacidad, para el año 2021,2022 y 2023.

Este programa tiene por objeto facilitar las ayudas económicas necesarias para el desarrollo de la autonomía personal de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, con el fin de mejorar su calidad de vida y fomentar su integración social.

Las personas beneficiarias son aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que cumplan las condiciones y requisitos establecidos.

Con el fin de poder atender todas las demandas que no pudieron resolverse en 2021, se aceptarán las solicitudes correspondientes a este año. En referencia al año 2022, debe tenerse presente que no se publicó ninguna convocatoria para la prestación social de carácter económico de derecho de concurrencia de atención social a las personas con discapacidad. En cuanto al año 2023, se tendrá en cuenta las solicitudes correspondientes a la convocatoria ordinaria de este año.

El plazo máximo de presentación es desde el 31 de marzo de 2023 hasta el 14 de mayo de 2023 a las 14:00 h.

 

AYUDAS:

Según el tipo de ayudas técnicas, los requisitos para poder acceder a la ayuda variarán.

  1. Ayudas para movilidad y transporte: dirigidas a personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, con baremo de movilidad reducida.

- Obtención o reconversión del permiso de conducir

- Adaptación de vehículo

- Ayudas para el transporte para asistir a determinados servicios y en los que deban cubrirse los gastos derivados de la utilización del transporte público.

  1. Ayudas para la autonomía personal y la comunicación

- Personas con discapacidad visual: lupa Tv, lupa con luz, atril, gafas o lentes de contacto, medidor de glucemia con voz, filtros, línea y teclado braille, teléfono móvil con voz, etc.

- Personas con discapacidad auditiva: audífonos, receptor de señales acústicas, auricular amplificador para TV y radio, transmisores timbres (teléfono, timbre puerta, vigilabebés), despertador, amplificador magnético de transmisión del sonido, prestación para curso de aprendizaje de la lengua de signos o curso de lectura labial, etc.

- Personas con discapacidad física: alzavatero, cama articulada, colchón o sobrecolchón antiescaras, cama clínica, asiento giratorio y elevador de bañera, silla de ducha y inodoro, grúa elevadora, grúa de bipedestación y de techo, disco giratorio con apoyo, mesa de transferencia , etc.

Criterios de valoración

Las solicitudes que presenten las personas que dispongan de una capacidad económica superior a 3,5 veces el IRSC (30.118,025€/anuales brutos) se denegarán por superar el umbral de ingresos.

Las solicitudes para solicitar esta prestación deben presentarse preferentemente por medios electrónicos a través del IDCAT. De forma excepcional, se podrán presentar por medios presenciales.

Debe tenerse en cuenta que la aprobación o denegación de las ayudas es competencia del Departamento de Derechos Sociales, no de MIFAS. Por tanto, una vez recibida la resolución, si se quieren presentar alegaciones, se tendrán que presentar al Departamento.

Para más información y ayuda o gestión de los trámites oportunos puede contactar con:

Anna Brasas | abrasas@mifas.cat                Mireia Bonmatí | mbonmati@mifas.cat

Trebajadoras Sociales de MIFAS
972 41 40 41

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