Abierta la convocatoria de las ayudas PUA para facilitar la autonomía personal de las personas con discapacidad
Del 25 de agosto al 2 de octubre de 2026, a las 14h, se pueden solicitar las ayudas PUA para cubrir los gastos correspondientes a los años 2024, 2025 y 2026.
El Departamento de Derechos Sociales e Inclusión de la Generalitat de Catalunya ha abierto la convocatoria 2026 de las prestaciones de atención social a las personas con discapacidad, las ayudas PUA.
Esta ayuda se destina a la adquisición de productos y actuaciones destinadas a promover la autonomía personal de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (física, psíquica y/o sensorial), que no disponen de recursos económicos suficientes. Las ayudas cubren gastos realizados durante los años 2024, 2025 y 2026.
Plazo para solicitar la ayuda PUA, y cómo tramitarla:
El plazo para presentar las solicitudes comienza hoy, 25 de agosto de 2026, y finaliza el 2 de octubre de 2026 a las 14h.
La tramitación se puede realizar por vía telemática a través del portal de Trámites de la Generalitat, aunque también se prevén otras vías de presentación y soporte presencial para las personas que tengan dificultades para realizar el trámite.
Requisitos para solicitar la ayuda:
• Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
• Estar empadronado/ay tener residencia legal en Cataluña durante cinco años, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud.
• Encontrarse en una situación de necesidad económica* (mirar las bases de la convocatoria).
¿Qué gastos se pueden subvencionar?
• Movilidad y transporte, como la obtención o reconversión del permiso de conducir, la adaptación de vehículos o el transporte para asistir a centros de atención precoz, enseñanzas postobligatorias y formación ocupacional.
• Productos de soporte para la autonomía y la comunicación, dirigidos a personas con discapacidad visual, auditiva, física, intelectual o mental.
• Ayudas vinculadas a perros de asistencia.
• Adaptaciones y protecciones en el hogar.
Se establece una cuantía máxima específica para cada producto o actuación. En su conjunto, el importe máximo subvencionable por persona es de 9.500 euros.
Hay que tener en cuenta que la aprobación o denegación de las ayudas es competencia del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión de la Generalitat de Catalunya, no de Mifas. Por tanto, una vez recibida la resolución, si se quieren presentar alegaciones, se tendrán que presentar al Departamento.
Más información:
Para más información, o ayuda para solicitar la ayuda PUA, puedes contactar con el servicio de atención a la persona de Mifas en mifas@mifas.cat o llamando al 972 41 40 41.
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